Historia del Sahara Occidental

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El territorio del Sáhara Occidental se encuentra situado en el extremo atlántico del continente africano y forma parte del Gran Desierto del Sáhara. Su superficie total es de 266.000 km². La presencia de población en el territorio saharaui se remonta a la prehistoria, pero la etapa de la colonización española sobre el territorio del actual Sáhara Occidental se dio a partir de 1884/85, tiempo en que tuvo lugar la conferencia de Berlín y el reparto del continente africano entre las potencias europeas. En 1886,se iniciaron negociaciones entre Francia y España para delimitar las respectivas posesiones en el Sáhara Occidental y en el Golfo de Guinea. Como resultado de esas negociaciones surgió el Convenio firmado en París el 27 de junio de 1900, en el que se fijaron las fronteras coloniales de ambos países en esa región

Etapa de colonización

España asumió una actitud ambivalente frente a un proceso de descolonización imparable en el contexto africano y en el mundo que se iniciaba a finales de los años ‘50. España emitió la Ley 8/1961 del 19 de abril de 1961, sobre organización y régimen jurídico de la Provincia del Sáhara, mientras se comprometía ante las Naciones Unidas de cumplir con el Art. 73.e de la Carta de Naciones Unidas. La Asamblea General había aprobado las Resoluciones 1514 (XV) del 14 de diciembre de 1960 y la 1541 (XV) de 15 de diciembre de ese mismo año en las que sentaba las bases del proceso descolonizador.

En respuesta a los intentos de Marruecos por tratar las situaciones de Ifni 47 y el Sáhara Occidental de manera similar, la Asamblea General a través de la Resolución 2229 (XXI) de 1966, otorgó diferente régimen jurídico a ambos territorios. Para Ifni acordó la retrocesión a Marruecos; en el caso del Sáhara Occidental, en el punto cuarto de la Resolución, recomendó a la potencia administradora que se determinaran las aspiraciones de la población del Sáhara Occidental, en consulta con Marruecos y Mauritania y con cualquier otra parte interesada; además de llevar a cabo un referéndum bajo los auspicios de las Naciones Unidas, con miras al ejercicio del derecho de autodeterminación del pueblo saharaui.

En 1968 se realizó el referéndum en Guinea, que accedió a la independencia el 12 de octubre del mismo año y en 1969 se produjo la cesión del territorio de Ifni a Marruecos a través de un tratado firmado en Fez el 4 de enero de 1969, lo que supuso la estabilización de las fronteras entre Marruecos y el Sáhara.

Las relaciones entre España y Marruecos llegaron a una tensión extrema debido a los incidentes pesqueros de 1973 mientras la Yemaa instó al Estado español a iniciar sin demora el proceso de descolonización, petición que fue contestada por el dictador Franco en las Naciones Unidas, el 21 de septiembre, aceptando la utodeterminación del territorio en un futuro si se producía una nueva petición de la Yemaa.

Paralelamente, en el territorio saharaui nacía ese mismo año, 1973, el Frente Popular de Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro (Frente POLISARIO), que comenzó sus actividades guerrilleras atacando un puesto español cercano a la frontera con Marruecos, para irlas intensificando progresivamente.

Por iniciativa del Gobierno español se creó el PUNS (Partido de Unidad Saharaui) para contrarrestar el apoyo popular al Frente POLISARIO, a cuyo mando fue colocado un saharaui afín a la administración española, Jalihema Rachid. Este partido se esperaba que ganara las elecciones para seguir el camino por etapas hacia la autodeterminación.

El 20 de agosto de 1974, España tomó la decisión de realizar un referéndum en los primeros seis meses de 1975, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, tal y como se había determinado en la Resolución 2229 (XXI). A raíz de ello, se realizó un censo de la población saharaui. Frente a ello el reino de Marruecos tomó algunas iniciativas para para evitar la realización de dicho referéndum. En septiembre de 1974, el rey Hassan II anunció que acudiría al Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) en su jurisdicción consultiva. Esto llevó a retrasar el referéndum mientras el Estado marroquí buscaba un pronunciamiento del TIJ, sobre el estatus jurídico de los territorios del Sáhara Occidental antes de la colonización reivindicando que serían parte del imperio almorávide.

A través de la Resolución 3292 (XXIX) del 13 de septiembre de 1974, la Asamblea General, asumió la solicitud marroquí de acudir a la Corte Internacional de Justicia en busca de la respuesta a los siguientes interrogantes: ¿Era el Sáhara occidental en el momento de su colonización por España un territorio sin dueño (terranullius ), y si la respuesta fuese negativa, ¿Qué vínculos jurídicos existían entre ambos territorios y Marruecos; asimismo, demandó el aplazamiento del referéndum y el envío de una misión de observación al territorio. A través de la mencionada resolución, la Asamblea General de Naciones Unidas decidió enviar en primavera de ese año una Misión Visitadora al territorio para determinar la situación del territorio y el sentimiento de la población local. Esa visita de la misión de Naciones Unidas al territorio saharaui se retrasó hasta el 12 de mayo de 1975. Los saharauis salieron a las calles manifestando el apoyo al Frente POLISARIO.

El dictamen del TIJ se dio a conocer en 16 de octubre de 1975. En él se reconoció que el Sáhara Occidental no era tierra de nadie ( terranullius ) antes de la colonización, se mencionaba la existencia de lazos de sumisión religiosa establecidos entre algunas tribus nómadas, con el sultán de Marruecos pero rechazó la existencia de vínculos de soberanía. Por lo tanto, se negaba el derecho de la soberanía de Marruecos y Mauritania sobre el Sáhara Occidental.

Pocos días después de dicho dictamen el 6 de noviembre de 1975 las autoridades marroquíes llevaron a cabo la llamada Marcha Verde y la invasión militar del territorio saharaui. Ante esta situación, el Consejo de Seguridad intervino dos veces consecutivas, mediante la aprobación de las Resoluciones 377 (1975) y 380 (1975). En éstas solicitaba a Marruecos que pusiera fin a la invasión del territorio saharaui. Desde ese momento, el Consejo de Seguridad ha venido emitiendo numerosas resoluciones, sin que hasta el momento se hayan obtenido la salida de Marruecos de ese territorio.

La Marcha Verde consiguió su objetivo primordial de intimidar y presionar al Gobierno español que, en tan solo cinco días y en medio de la crisis que anunciaba el fin de la dictadura, el 14 de noviembre firmó en Madrid los “Acuerdos Tripartitos” con Marruecos y Mauritania. De esta forma Hassan II consiguió ocupar el Sáhara Occidental sin tener que enfrentarse al ejército español, y el inicio de un conflicto armado entre las fuerzas marroquíes y mauritanas con el Frente POLISARIO.

Estos acuerdos se negociaron entre Marruecos, España y Mauritania, dejando fuera al pueblo saharaui y también a Argelia. Sin embargo, estos acuerdos son nulos por varias razones. En primer lugar porque los Estados involucrados no tenían la competencia de disponer del futuro de un territorio considerado como Territorio No Autónomo, ni de un pueblo al que por derecho le correspondía (y le sigue correspondiendo) la autodeterminación, condición que había sido reconocida por los tres Estados. Y segundo lugar, el carácter de imperatividad del derecho de libre determinación como argumento que se utilizó para constatar la nulidad de los Acuerdos Tripartitos de Madrid

A partir de noviembre de 1975, una gran parte de la población saharaui inició su éxodo a través del desierto, con la esperanza de poder regresar pronto a sus casas. Además de haber conseguido el control del territorio y de iniciar su política de represión el régimen de Hassan II llevó a cabo una persecución de los ciudadanos saharauis que huían a través del desierto, mediante bombardeos, pillaje y detenciones arbitrarias junto con desapariciones forzadas.

En los años sucesivos, se emitieron un sinnúmero de resoluciones por parte de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad, demandando la descolonización del territorio, a lo cual se sumó la Organización para la Unidad Africana que además reconoció la existencia de la RASD como Estado admitiéndola en su seno en 1984, como miembro con plenos derechos.

Etapa de la guerra

El inicio de la guerra entre las Fuerzas armadas marroquíes y mauritanas y el Frente POLISARIO se dio a partir de la ocupación de finales de 1975. En los primeros dos años desde la proclamación de la RASD en 1976, el Frente POLISARIO puso a Mauritania en una situación extremadamente delicada, especialmente desde el ataque a Nouakchott de 1976, en el que murió el secretario general del Frente POLISARIO, El Ouali. Mauritania pidió ayuda a Francia, para intervenir militarmente en el conflicto a través de la Operación Lamantín en 1977. Numerosos prisioneros de guerra se dieron en esa época entre ambas partes. El Acuerdo de Argel se firmó el 5 de agosto de 1979, dando pie al abandono de Mauritania de la guerra contra el Frente POLISARIO. En este acuerdo Mauritania que establecía renunciaba a cualquier reclamación territorial del Sahara Occidental y se retiraba de la guerra, así como señalaba la cesión del territorio controlado por Mauritania al Frente POLISARIO.

Toda una campaña de bombardeos, pillaje y detenciones de dio en la zona ocupada por Marruecos a partir de 1975/76. Una buena parte de la población civil saharaui fue desplazada tanto hacia el refugio hacia Argelia como el desplazamiento interno de los confinados en las ciudades saharauis, acabando con la población nómada. Cientos de personas fueron detenidas y desaparecidas en esa época.

Militarmente numerosas batallas de se dieron entre el ejército de Marruecos y el Frente POLISARIO. En agosto de 1980, Marruecos inició la construcción de un muro que terminó dividiendo el territorio Saharaui de Norte a Sur. En 1987 el muro de arena, se reforzó con piedra, sistemas de control, presencia militar, minado del territorio y baterías de artillería. Dicho muro ha sido escenario tanto de víctimas de minas como de detenciones y desapariciones de personas que trataban de cruzarlo especialmente durante los primeros años de la década del ’90. El esarrollo del conflicto armado se limitó desde entonces, a pesar de que en octubre de 1989 las fuerzas saharauis penetraron más de 50 kilómetros al interior del muro para realizar la denominada “batalla de Um Dreiga”, superando la táctica defensiva de los muros.

La evolución del conflicto y la presión internacional llevaron a entablar negociaciones con el Frente POLISARIO, a través de las Naciones Unidas, que desembocaron en el alto el fuego de 1991.

Etapa del camino hacia la paz

En virtud de las Resoluciones 1514 (XV) de la Asamblea General, 40/50 (1985) y la Resolución AHG/Res. 104 (XIX) de la OUA, se elaboró un documento entre los secretariados de las Naciones Unidas y de la OUA, con el objeto de poner fin a las hostilidades entre el ejército marroquí y el Frente POLISARIO; así como, efectuar el referéndum, requisito fundamental para el ejercicio de derecho de libre determinación. A dicho documento se le ha conocido con el nombre de Plan de Arreglo, aprobado por el Consejo de Seguridad el 29 de abril de 1991, bajo la Resolución 690.

La aplicación del Alto al Fuego y el mantenimiento de la paz, quedó en manos de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO). Para la realización del referéndum, la organización se enfrentó a un primer problema: determinar quién tenía el derecho de voto en el referéndum y quién sería incluido en el censo electoral.

Para la actualización del censo de 1974, se creó la Comisión de Identificación, cuya responsabilidad fue la inscripción de las personas con derecho a voto en el nuevo censo. Para ello, el Secretario General formuló cinco criterios: 1. Aquellas personas que estuvieran en el censo de 1974. 2. Aquellas personas que habitaban el territorio en 1974, pero que no pudieron ser inscritas. 3. Los miembros inmediatos de esos primeros grupos inscritos. 4. Los hijos de padres saharauis nacidos en el territorio y 5. Los miembros de tribus saharauis que pertenezcan al territorio, si es que residieron en él durante un período de seis años consecutivos o por un período de intermitente de doce años con anterioridad al primero de diciembre de 1974. Las pruebas propuestas para ello fueron: documentos oficiales emitidos por el país colonial España-, o pruebas orales. Esta última fue objeto de desacuerdo entre el gobierno marroquí y el Frente POLISARIO.

Acuerdos de Houston de 1997. Kofi Annan Secretario General de las Naciones Unidas nombró a un Enviado Especial del Secretario General, que recayó en la persona de James Baker. Se dio el regreso del personal civil de la MINURSO que había abandonado el territorio entre 1995/96, y el restablecimiento de las tareas de la Comisión de Identificación que comenzaron el 3 de diciembre de 1997. Los acuerdos se centraron en tres temas acordados: proceso de identificación de votantes; repatriación de refugiados bajo la logística del proceso le correspondió al Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el apoyo de la MINURSO; y el Acantonamiento de las tropas.

Fracaso del Plan de Arreglo. A finales de 1999 se tenía un nuevo censo electoral. El 17 de enero del 2000 se hicieron públicos los resultados de las 198.469 solicitudes presentadas, ello ocasionó el incremento a 86.386 de las 73.497 personas incluidas originalmente en el censo realizado por España en 1974. De las 147.249 solicitudes provenientes de los ochenta y cinco grupos tribales pertenecientes a las fracciones H41, H61 y J51/52, sólo fueron aceptadas 2.135. Ante ello, tal como se había acordado, la parte que no estuviera de acuerdo con los resultados podía presentar apelaciones, recurso utilizado por Marruecos, que presentó un total de 79.000 apelaciones. Ante la existencia de un número considerado de apelaciones presentadas, el proceso quedó nuevamente bloqueado. Marruecos rechazó continuar con el proceso de aplicación del Plan de Arreglo. Ante las declaraciones efectuadas por el Secretario General en su informe de 17 de febrero de 2000 (S/2000/131), el Frente POLISARIO habló del retiro de las Naciones Unidas, por su incapacidad de solucionar el problema.

Plan Baker ó Tercera Vía. La llamada “Tercera vía” se trataba de una opción de autonomía para el Sáhara dentro del Estado de Marruecos. Fue apoyada por fue Estados Unidos, Francia y, por supuesto por Marruecos, quienes respaldaron el primer proyecto presentado por el Enviado Espacial, conocido como Acuerdo Marco sobre el estatuto del Sáhara Occidental (Plan Baker I) que excluía la opinión del pueblo saharaui o el dictamen del TIJ de 1975. Fue presentado por el Secretario General en el Informe S/2001/613. El acuerdo rechazado por el Frente POLISARIO y por Argelia. Con esta vía también se daba un retroceso a la doctrina que se había desarrollado a partir de la Carta de las Naciones Unidas, las Resoluciones 1514 (XV) y 2625 (XXV) de la Asamblea General, donde se reconocía el derecho inalienable de los pueblos coloniales y una obligación vinculante para la comunidad internacional. El Plan Baker I era inválido de acuerdo con el artículo 53 de la Convención de Viena el cual menciona “Es nulo todo tratado que, en el momento de su celebración, esté en oposición con una norma imperativa de Derecho Internacional general (…)”. Este documento, fue rechazado por el mismo Consejo de Seguridad en la Resolución 1429 de 30 de julio de 2002 72, por considerar que tal propuesta no garantizaba una solución justa, duradera y aceptable que prevé el respeto al derecho de libre determinación del Sáhara Occidental, por lo tanto, se le pidió al Secretario General elaborar una nueva propuesta.

Como consecuencia del rechazo por parte del Consejo de Seguridad, de Argelia y del Frente POLISARIO del Acuerdo Marco, el Enviado Especial, elaboró un nuevo plan en mayo de 2003, descrito en el informe S/2003/565 del Secretario General. Este Plan fue apoyado por el Consejo de Seguridad por medio de la Resolución S/RES/1495. La diferencia central entre el Acuerdo Marco y el Plan Baker II radicaba en su propósito: “Alcanzar una solución política al conflicto en el Sáhara Occidental que prevea el derecho a la libre determinación mediante un referéndum que se celebrará de conformidad con lo establecido en la parte II de este plan”. El párrafo 5 del Plan se determina los criterios para las personas que podían votar en el referéndum: la del censo de NNUU del 2000, la de los residentes en el territorio ocupado desde 1999 y la de refugiados (ACNUR). De los 151.696 residentes que vivían en la zona saharaui ocupada por Marruecos, 48.000 eran saharauis y el resto marroquíes, todos ellos con derecho a votar. El problema se encontraba en tener 103.000 marroquíes con derecho a voto contra 86. 000 saharauis con derecho a voto. Por otra parte la sentencia del TIJ de 1975 otorgaba el derecho de participar en el referéndum sólo a las poblaciones originarias. La pretensión de determinar el derecho de los residentes a votar, violaba las resoluciones del Consejo de Seguridad en donde se mencionaba la ilicitud de la Marcha Verde (Resoluciones 377 de octubre de 1975 y Resolución 380 de noviembre de 1975).

En resumen, el Plan Baker otorgaba a Marruecos el estatus de potencia administradora, al autorizarle el derecho a firmar y ratificar acuerdos internacionales; así como, el derecho a proteger la integridad territorial. En vez de reconocerle como una potencia ocupante, como se había venido manejando en el marco de las Naciones Unidas. Además, no se mencionaba en ningún momento a la RASD, a pesar de que ha sido reconocida por 60 países y ser miembro OUA. No obstante, ante todos los inconvenientes con los que contaba el Plan, la posición del Frente POLISARIO, al contrario de lo esperado, fue de conformidad. No sin antes, elaborar observaciones en el anexo del informe del Secretario General (S/2003/565). En ellas dejó ver la necesidad de garantías para el regreso de los refugiados; así como, la falta de claridad en el papel de las Naciones Unidas durante el periodo de transición, en el tema de arbitraje de los conflictos de poderes, protección a la población saharaui y garantías para asegurar el cumplimiento de los plazos. Por su parte, el gobierno marroquí no aceptó el Plan, poniendo una objeción que hace mención el tema del referéndum es “es inaceptable en la forma en que estaba previsto y ha perdido su razón de ser”.

 

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